El 31 de octubre el gobierno público el Decreto de Urgencia Nro. 010-2019, que modifica la Ley Nro. 30309. Esta norma facilita a los contribuyentes (empresas de todos los tamaños) que efectúen gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, vinculados o no al giro de negocio de la empresa, que cumplan con determinados requisitos, acceder a una deducción de hasta 215% para el pago del Impuesto a la Renta (IR). La ampliación de este beneficio tributario será hasta el 31 de diciembre del año 2022
Podrán acceder al beneficio las empresas cuyos ingresos netos no superen los 2300 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), es decir 9 millones 660 mil soles. Gozaran de 215% de la deducción si el proyecto es realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica domiciliados en el país y, 175% si el proyecto es realizado mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica extranjeros. Las empresas con ingresos netos mayores a 2300 UIT gozaran de entre 150 a 176% de la deducción del IR. Entonces, las grandes empresas también están incluidas en el beneficio.
Hoy el Ministerio de la Producción (Produce), admitió que en tres años de vigencia de este beneficio, sólo 60 empresas se acogieron a la deducción, ósea un promedio de 20 por año. La mayoría de ellas son del rubro minería, manufactura (de mediano y gran tamaño) y empresas agroindustriales. Si bien el objetivo de la medida es contribuir con la promoción y desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), en la práctica es una estafa, pues los que se vienen beneficiando son grandes empresas y de sectores económicos primario exportadores. No existe incentivo concreto a favor de la manufactura nacional y se excluyó a los pequeños negocios de servicios.
Para empezar, una Mipyme debe presentar un proyecto de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica. Me pregunto si algún pequeño negocio de Puno, por ejemplo, ¿tendrá la capacidad de presentar este tipo de iniciativas? Peor aún, la ley dice que, para obtener la autorización del proyecto, deben contar con investigadores o especialistas, que estén inscritos en el directorio nacional de profesionales en el ámbito de ciencia, tecnología e innovación que gestiona el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), así como con materiales dedicados al proyecto, que cumplan los requisitos mínimos que establezca el reglamento
Los contribuyentes que accedan a este beneficio tributario deben llevar cuentas de control por cada proyecto, las que deben estar debidamente sustentadas. El resultado del proyecto de desarrollo tecnológico o innovación tecnológica debe ser registrado en el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), además de ser monitoreado permanentemente por la SUNAT.
En la región de Puno hay carencia de centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica conocidos o con alguna dinámica orientada a la realidad empresarial de esta parte del país. Ni siquiera el Ministerio de la Producción tiene la capacidad de implementar hasta ahora los CITE (Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica) Alpaca, Artesanía, Caficultura, Acuícola y otros. La Universidad Nacional del Altiplano (UNA) no tiene Unidades de Investigación o Unidades de Emprendimiento Empresarial en cada facultad, adecuadamente implementadas.
Seamos sinceros, esta ley que supuestamente sirve para fortalecer a las Mipymes del país, no tiene ningún sentido práctico, el beneficio es solo para un grupo de empresas privilegiadas, se sigue derrochando recursos del Estado para robustecer a un sector de funcionarios públicos de manera innecesaria y se continua haciendo gestión de espaldas a la realidad. Un llamado al presidente Martin Vizcarra y al equipo de gobierno para que se pongan a trabajar de manera sincera, proactiva y con un verdadero espíritu promotor de las alicaídas micro, pequeñas y medianas empresas del país.
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-de-urgencia-que-modifica-la-ley-n-30309-ley-que-pr-decreto-de-urgencia-n-010-2019-1822703-4/
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